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Orden de protección
Una orden de protección (a veces denominada “orden de restricción”) puede ser una medida necesaria cuando alguien es víctima de violencia doméstica. Las órdenes de protección pueden depender de la relación de una persona con su agresor y están diseñadas especialmente para abordar su situación específica. La violencia doméstica puede incluir muchos comportamientos agresivos y manipuladores diferentes, que incluyen asalto, amenazas, intimidación, delitos contra los niños, restricción ilegal o interferencia de la custodia de un niño.
Las situaciones y relaciones en las que una orden de protección puede ser apropiada incluyen las siguientes:
- La víctima y el acusado están casados, han estado casados o han convivido.
- La víctima y el acusado tienen un hijo en común o están esperando un hijo.
- La víctima está relacionada con el acusado o el cónyuge del acusado por sangre o por orden judicial como padre, abuelo, hijo, nieto, hermano o hermana, o matrimonio como padre, abuelo político, suegro, padrastro, madrastra, hijastro, cuñado o cuñada.
- La víctima es un niño que reside o ha residido en el mismo hogar que el acusado y está relacionado por sangre con un ex cónyuge del acusado o con una persona que reside o ha residido en el mismo hogar que el acusado.
- La relación entre la víctima y el acusado es actualmente o fue una relación romántica o sexual.
Si se determina que es elegible y necesita una Orden de protección, hay dos opciones disponibles. Una orden de protección de emergencia ayuda a proteger a alguien en peligro inmediato. Sin embargo, solo es válido por dos días, por lo que se recomienda buscar una solución más permanente al mismo tiempo. Una Orden de Protección Permanente requiere una audiencia formal en la que ambas partes pueden presentar su caso.